miércoles, marzo 22, 2006

El carné por puntos


La Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha una página para irnos metiendo el miedo en el cuerpo con el nuevo carné por puntos. La página es esta:
permiso por puntos. Ya han aparecido voces discrepantes con este nuevo modelo de permiso que alegan que cuando uno posee un título académico, por ejemplo, nadie puede arrebatártelo. Si te has sacado la carrera de Derecho o medicina o el título de FP II de electricista nadie te lo puede quitar y obligarte a estudiar todos esos años de nuevo. Razón no les falta desde luego. El domingo ya anunciaban, por boca de su jefe, en una entrevista en ABC ,que iban a retirar 6000 permisos el primer año. Las autoescuelas se están frotando las manos y no es para menos ante este panorama. Desde los círculos liberales se apunta a que esta es una nueva intromisión del Estado en los derechos de los ciudadanos.

Por otro lado he encontrado una página que aprovechando el dominio permiso por puntos. com cambiando el ".es" por el ".com", te venden una tarjeta para que vayas aprendiendo los puntos que se descuentan en función de la infracción que cometas. Muy bueno. Esta es la tabla:

A\Conducir con tasa alcohol superior a la establecida:

Valores mg/l aire aspirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos con menos de 2 años de antigüedad más de 0,3 mg/l)
(6)

Valores mg/l aire aspirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos con menos de 2 años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l) (4)

B\Conducir bajo efectos estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos (6)
C\Incumplir obligación sometimiento pruebas alcohol, estupefacientes, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos (6)
D\Conducción temeraria, en sentido contrario o en competiciones y carreras no autorizadas (6)
E\Circular por autopistas o autovias con vehículos con los que esté prohibido (4)
F\Sobrepasar en más de un 50% la velocidad máxima autorizada siempre que ello suponga superar al menos en 30 km/h dicho límite máximo (6)
G\Exceso en más del 50% en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50% de los tiempos de descanso (6)
H\Conducir vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50% el número de plazas autorizadas excluido el conductor salvo los autobuses(4)
I\Conducir sin permiso o licencia (4)
J\Arrojar a vía o inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación (4)
K\Conducción negligente creando riesgo cierto y relevante para otros usuarios (4)
L\Exceso de velocidad:

En más de 40 km/h(salvo que esté incurso en apartado F\ (4)

En más de 30 km/h (3)

en más de 20 km/h (2)

M\Incumplir la prioridad de paso, la detención ante señal stop y en los semáforos con luz roja (4)
N\Incumplimiento de las normas sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida (4)
Ñ\Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas (4)
O\Incumplir de normas sobre cambio sentido (3)
P\Realizar marcha atrás en autopistas y autovias (4)
Q\Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento por el conductor del vehículo que va a ser adelantado (4)
R\No respetar señales agentes (4)
S\No mantener distancia seguridad con vehículo que precede (3)
T\Conducir utilizando manualmente teléfono móvil, auriculares o cualquier dispositivo incompatible con la atención permanente en conducción (3)
U\Parar o estacionar en curvas, cambios rasante, túneles o cualquier lugar peligroso para circulación o peatones (2)
V\Parar o estacionar en carriles para transporte público urbano (2)
W\Conducir vehículos con mecanismos para eludir la vigilancia de los agentes o utilización de mecanismos de detección de radares (2)
X\Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio (2)
Y\Conducir sin utilizar cinturón seguridad, casco y demás dispositivos de seguridad (3)
Z\Circular con menores de 12 años como pasajeros de motos o ciclomotores con las excepciones previstas (2)

2 comentarios:

Anónimo dijo...

'Si te has sacado la carrera de Derecho o medicina o el título de FP II de electricista nadie te lo puede quitar y obligarte a estudiar todos esos años de nuevo'

Más les vale no dar ideas.

Anónimo dijo...

Pues sí, más (nos) vale no dar ideas.
Aunque ya has visto que están todo el día maquinando para ver como putear al personal

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