Una juez de Barcelona ha archivado la causa abierta contra el actor Pepe Rubianes por las declaraciones sobre la unidad española que pronunció en un programa de TV3, por considerar que con sus palabras no quiso ofender a España como nación sino que sólo se refirió a la golpista.
La jueza instructora cree que las palabras de Rubianes no iban dirigidas "a España nación, sino a una concepción de España diferente a la democrática y constitucional, que tienen determinados grupos de individuos". En este sentido, el auto recuerda que en su declaración ante el juez y en las entrevistas posteriores el humorista ha aclarado que con sus palabras "se refería a la España golpista de la Guerra Civil y no a la España constitucionalista".
Por este motivo, la jueza instructora concluye que "no hay ofensa ni ultraje a España" porque Rubianes no se refirió a ésta como nación, en un ejercicio "de sus derechos a la libertad de expresión e ideología".
Para la juez, en las declaraciones de Rubianes no se aludía de forma expresa a ningún español o grupos de españoles "ni en concreto ni en abstracto", sino que se "trataba de una reproducción de unas palabras que forman parte del espectáculo que el cómico estaba promocionando" y que el público presente en el plató aplaudió "enfervorecidamente".
La juez descarta también que las palabras del humorista supusieran una incitación al odio porque, en su opinión, "no se puede llamar provocación a una manifestación oral de escasos 30 segundos, absolutamente espontánea y que, en cuanto a su contenido y contexto, forma parte de la propia idiosincrasia del emisor".
Recuerda el auto que la propia acusación se refirió a la "notoria fama de bufón" de Rubianes y que "en sus 22 minutos de estancia en el plató se pueden contabilizar hasta 36 exabruptos, además de los que son objeto de esta causa".
Respecto al presentador Albert Om, para quien la Fiscalía pedía el archivo de la causa, la juez instructora considera que actuó de forma "profesionalmente intachable".
La jueza instructora cree que las palabras de Rubianes no iban dirigidas "a España nación, sino a una concepción de España diferente a la democrática y constitucional, que tienen determinados grupos de individuos". En este sentido, el auto recuerda que en su declaración ante el juez y en las entrevistas posteriores el humorista ha aclarado que con sus palabras "se refería a la España golpista de la Guerra Civil y no a la España constitucionalista".
Por este motivo, la jueza instructora concluye que "no hay ofensa ni ultraje a España" porque Rubianes no se refirió a ésta como nación, en un ejercicio "de sus derechos a la libertad de expresión e ideología".
Para la juez, en las declaraciones de Rubianes no se aludía de forma expresa a ningún español o grupos de españoles "ni en concreto ni en abstracto", sino que se "trataba de una reproducción de unas palabras que forman parte del espectáculo que el cómico estaba promocionando" y que el público presente en el plató aplaudió "enfervorecidamente".
La juez descarta también que las palabras del humorista supusieran una incitación al odio porque, en su opinión, "no se puede llamar provocación a una manifestación oral de escasos 30 segundos, absolutamente espontánea y que, en cuanto a su contenido y contexto, forma parte de la propia idiosincrasia del emisor".
Recuerda el auto que la propia acusación se refirió a la "notoria fama de bufón" de Rubianes y que "en sus 22 minutos de estancia en el plató se pueden contabilizar hasta 36 exabruptos, además de los que son objeto de esta causa".
Respecto al presentador Albert Om, para quien la Fiscalía pedía el archivo de la causa, la juez instructora considera que actuó de forma "profesionalmente intachable".
Al loro de quién era la jueza:
El propio Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado a Efe que la juez que ha archivado la causa contra Rubianes está cubriendo una sustitución, para lo que se exige sólo ser licenciado en Derecho, sin necesidad de haber ingresado en la Escuela Judicial.
En este sentido, DENAES (Defensa de la nación española) recuerda que el anterior titular admitió a trámite la querella e imputó formalmente al actor, lo mismo que hizo la Fiscalía, que formuló un escrito de acusación contra Rubianes en el que le imputaba un delito de ultrajes a España y solicitaba una multa de 21.900 euros y "la suplente sin carrera judicial deniega ahora –de forma arbitraria– la apertura de juicio oral al entender que no hay indicios de criminalidad en la conducta de Rubianes, en contra de lo anteriormente decidido por el Juez titular".
la fundación DENAES, que se había querellado contra Rubianes, subraya que "es llamativo que una suplente sin carrera judicial se haya apresurado a emitir esta resolución, atribuyéndose funciones de enjuiciamiento que no le competen, muy poco tiempo antes de que termine su suplencia y tome posesión el nuevo titular del juzgado".
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